Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Al decidirse sobre la competencia de la Corte para conocer de un conflicto constitucional, no se prejuzga sobre la materia del conflicto, pues esto será objeto de la sentencia que en cuanto al fondo se pronuncie.
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Registro digital (IUS): 810190
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 970
Conflicto constitucional entre la Legislatura de Veracruz y el Congreso de la Unión. 28 de junio de 1922. Mayoría de siete votos. Ausentes: Enrique Moreno y Agustín Urdapilleta. Disidentes: Ernesto Garza Pérez y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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