Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Su objeto es proporcionar a los pueblos los elementos de vida de que carecen y procurarles, aun cuando sea en escala reducida, un estado económico independiente más conforme con las aspiraciones individuales y colectivas; y si para realizar tal objeto es necesario que se tomen de alguna o algunas de las fincas inmediatas, terrenos para el cultivo, eliminándose otras que por su posición topográfica y mala calidad de los terrenos no llenen el objeto que se busca, tal hecho no importa violación de garantías.
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Registro digital (IUS): 810337
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 522
Amparo administrativo en revisión. Uribe Valencia Ramón. 2 de marzo de 1922. Mayoría de siete votos. Los Ministros Enrique Moreno, Adolfo Arias y Agustín Urdapilleta no intervinieron en este asunto, por las razones que se expresan en el acta del día. Disidente: Ignacio Noris. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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