Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Los efectos del sobreseimiento que se dicte en un juicio de amparo, son que las cosas vuelvan a quedar en el estado que tenían al instaurarse el juicio, y que la suspensión concedida en el mismo, pierda todos sus efectos; por tanto, si por virtud de dicha suspensión se arrebató a alguien la tenencia o posesión de un inmueble, el sobreseimiento tiene por efecto que esa tenencia o posesión le sean devueltas.
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Registro digital (IUS): 810400
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 530
Tomo XX, página 1412. Indice Alfabético. Queja 243/26. Maza Francisco. 10 de marzo de 1927. Mayoría de siete votos. Ausente: Teófilo H. Orantes. Disidentes: Sabino M. Olea, Salvador Urbina y Manuel Padilla. La publicación no menciona el nombre del ponente.Tomo XX, página 530. Queja en amparo civil 242/26. Cicero viuda de Willis Matilde. 9 de marzo de 1927. Mayoría de siete votos. Ausente: Teófilo H. Orantes. Disidentes: Sabino M. Olea, Salvador Urbina y Manuel Padilla. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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