Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
El que los abre, en contravención de los reglamentos gubernativos, no puede alegar, para resistir su clausura, sus derechos adquiridos, puesto que al tiempo de abrirlos sabía que tendrían que ser clausurados.
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Registro digital (IUS): 810415
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 723
Amparo administrativo en revisión. Merchan Filiberto. 21 de agosto de 1920. Unanimidad de diez votos. Ausente: Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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