Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Si no se ha objetado la constitucionalidad de la ley en que se funda la expropiación, ésta sola circunstancia es bastante para negar el amparo que contra la expropiación se pida.
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Registro digital (IUS): 810421
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 24
Amparo administrativo en revisión 1672/24. Miyar Ignacio de la. 3 de julio de 1926. Mayoría de nueve votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca y Ricardo B. Castro. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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