Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
La suspensión contra el cobro de impuestos, procede mediante la entrega, en la oficina exactora, del certificado de depósito de la cantidad que se cobre, en la respectiva oficina del Banco de México, S. A.
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Registro digital (IUS): 810454
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 624
Queja en amparo administrativo 172/26. Tesorero Municipal de Tampico. 4 de octubre de 1926. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. 1a. CLXXIII/2015 (10a.). IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO. NO SE ACTUALIZA LA CAUSAL RELATIVA A LA IMPOSIBILIDAD DE REPARAR LA VIOLACIÓN ALEGADA, SI SE DETERMINA LA EXISTENCIA DE UN INTERÉS LEGÍTIMO A UNA ASOCIACIÓN CIVIL EN DEFENSA DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN.
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