FISCALES

Artículo IUS 810475. DEPOSITARIO.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

DEPOSITARIO.

El encargado del secuestro, ya sea convencional o judicial, tiene la posesión de los bienes en nombre de aquel a quien se adjudiquen por sentencia ejecutoria, de donde se deduce que no poseyendo en nombre propio, la resolución judicial que lo prive de la posesión, no puede violar en su perjuicio las garantías individuales.

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Registro digital (IUS): 810475

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 1170

Precedentes

Tomo XX, página 1334. Indice Alfabético. Amparo 2361/24. Rangel Francisco M. 17 de junio de 1927. Unanimidad de ocho votos. Ausente: Teófilo H. Orantes. Ponente: Jesús Guzmán Vaca.Tomo XX, página 1170. Amparo civil en revisión 2353/24. Rangel Celestina. 17 de junio de 1927. Unanimidad de ocho votos. Ausente: Teófilo H. Orantes. Ponente: Jesús Guzmán Vaca.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 810475 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 810475 de la J. Fiscales SCJN?

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