FISCALES

Artículo IUS 810497. EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO.

La queja por exceso o defecto de la ejecución de una sentencia de amparo, debe enderezarse contra el Juez de Distrito respectivo, que sanciona los actos de las autoridades del orden común, encaminados al cumplimiento de la ejecutoria, ya que la Corte no puede conocer de las irregularidades cometidas por autoridades cuyos actos, conforme a la ley, están sujetos al conocimiento de los Jueces de Distrito, encargados de cumplir las ejecutorias de la Corte.

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Registro digital (IUS): 810497

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 1005

Precedentes

Queja en amparo civil 159/22. Velázquez y Sánchez Constancio y Romana. 10 de mayo de 1926. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 810497 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 810497 de la J. Fiscales SCJN?

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