Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Su falta no es bastante para conceder el amparo, sino que el quejoso debe probar la inconstitucionalidad de los actos que reclama.
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Registro digital (IUS): 810526
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 538
Amparo administrativo en revisión 1150/20. Granados Margarito. 12 de marzo de 1926. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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