FISCALES

Artículo IUS 810577. PEQUEÑA PROPIEDAD.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

PEQUEÑA PROPIEDAD.

No puede ser considerada como tal, la que constituya una unidad de extensión mayor que la señalada por las leyes como pequeña propiedad, aun cuando pertenezca a varios individuos, si éstos han permanecido en la indivisión.

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Registro digital (IUS): 810577

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 1244

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 2680/24. Zamora Carrasco Antonio y coagraviados. 18 de junio de 1926. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 810577 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 810577 de la J. Fiscales SCJN?

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