FISCALES

Artículo IUS 810638. DOTACION Y RESTITUCION DE TIERRAS.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

DOTACION Y RESTITUCION DE TIERRAS.

Las objeciones que a la dotación o restitución se hagan por el propietario expropiado, deben presentarse antes de que la dotación o restitución se lleven a cabo, y no en el amparo, en donde deben apreciarse los hechos tal como fueron probados ante la autoridad responsable.

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Registro digital (IUS): 810638

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1380

Precedentes

Amparo administrativo en revisión. Carvajal Estrada Fernando. 4 de noviembre de 1920. Unanimidad de diez votos. Ausente: Benito Flores. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 810638 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 810638 de la J. Fiscales SCJN?

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