Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
En el Distrito Federal, están autorizadas para castigar las infracciones a los bandos y reglamentos de policía, sujetándose a lo dispuesto por el artículo 30 del Código de Procedimientos Penales, que no está derogado.
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Registro digital (IUS): 810808
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIII; Pág. 263
Amparo administrativo en revisión. Ramos José. 23 de agosto de 1923. Unanimidad de diez votos. El Ministro Sabino M. Olea no intervino en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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