FISCALES

Artículo IUS 811012. FIANZA.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

FIANZA.

La que debe otorgarse en los casos de suspensión, sólo tiene por objeto reparar el perjuicio que con ella pueda causarse a tercero; y si por alguna circunstancia la fianza otorgada llegare a ser insuficiente, puede exigirse mayor garantía, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 63 de la Ley de Amparo.

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Registro digital (IUS): 811012

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 559

Precedentes

Queja en materia civil. Montes Rodolfo. 4 de agosto de 1920. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 811012 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 811012 de la J. Fiscales SCJN?

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