FISCALES

Artículo IUS 811321. JUECES DEL ORDEN COMUN.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

JUECES DEL ORDEN COMUN.

Los autos de suspensión provisionales, que dicten en auxilio de la Justicia Federal, son revisables por los Jueces de Distrito, quienes también tienen competencia para conocer de las quejas que se promuevan contra las autoridades responsables.

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Registro digital (IUS): 811321

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 647

Precedentes

Queja en materia penal. Juez Segundo de lo Penal de Chihuahua. 13 de octubre de 1919. La publicación no menciona el sentido de la votación, ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 811321 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 811321 de la J. Fiscales SCJN?

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