Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
La ley no señala plazo para que se otorgue la que debe servir para garantizar la suspensión, y puede otorgarse cuando convenga al interesado, no surtiendo, entretanto, efectos la suspensión concedida.
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Registro digital (IUS): 811472
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 1563
Queja en amparo civil. Gómez Bernardo. 4 de junio de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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