Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Es improcedente cuando se pide contra actos ejecutados dentro de juicio y que pueden ser reparados por medio de recursos legales ordinarios.
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Registro digital (IUS): 811567
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 537
Amparo civil en revisión. Ayala de Evia María Dolores. 15 de febrero de 1918. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Agustín de Valle, Alberto M. González y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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