Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Es obligatoria para los Estados, tal como se establece en el artículo 49 constitucional.
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Registro digital (IUS): 811621
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1011
Amparo civil directo interpuesto ante la Suprema Corte. Faller Félix. 25 de marzo de 1918. Unanimidad de diez votos. Ausente: Manuel E. Cruz. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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