Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Son contrarios a los preceptos constitucionales, y su cobro constituye una violación del artículo 16 de la Constitución.
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Registro digital (IUS): 811680
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1360
Amparo administrativo en revisión. Escobar Tomás. 8 de mayo de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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