Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Aunque el Juez de Distrito haya fijado para ésta un día muy lejano, es improcedente la queja, si el señalamiento se hizo en riguroso turno, respecto de los demás negocios en curso.
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Registro digital (IUS): 811698
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1443
Queja en amparo administrativo. Congreso del Estado de Yucatán. 16 de mayo de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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