Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Deben de suspender todo procedimiento, tan luego como reciban la iniciación de la competencia, por inhibitoria o declinatoria.
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Registro digital (IUS): 811759
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 971
Competencia positiva, en materia civil. Suscitada entre los Jueces de Primera Instancia de Azcapotzalco, Distrito Federal, y de Primera Instancia de Tlalnepantla, Estado de México. 1o. de octubre de 1918. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Enrique Moreno y Enrique García Parra. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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