FISCALES

Artículo IUS 811803. COSTAS DE EJECUCION.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

COSTAS DE EJECUCION.

Los Jueces de Distrito no deben imponerlas, al hacer cumplir las sentencias de la Corte, a los que materialmente ejecuten las obras necesarias, dado que no tienen ninguna ingerencia ni responsabilidad, en la situación legal que con motivo de la ejecución, se origina.

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Registro digital (IUS): 811803

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 376

Precedentes

Queja en amparo administrativo. Gobernador del Estado de Nuevo León. 5 de agosto de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 811803 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 811803 de la J. Fiscales SCJN?

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