FISCALES

Artículo IUS 811814. TRIBUNALES MILITARES.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

TRIBUNALES MILITARES.

Dependen y han dependido de la Secretaría de Guerra, de suerte que los procesos no concluidos por ellos, por haber cesado su jurisdicción, y que no han sido consignados a los Tribunales competentes, dependen de esa Secretaría.

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Registro digital (IUS): 811814

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 470

Precedentes

Amparo penal en revisión. Palomares Jesús. 14 de agosto de 1918. Mayoría de seis votos. Ausentes: Enrique M. de los Ríos y Manuel E. Cruz. Disidentes: Alberto M. González, José M. Truchuelo y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 811814 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 811814 de la J. Fiscales SCJN?

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