FISCALES

Artículo 9 . NOTARIOS PUBLICOS. CASO EN QUE NO PROCEDE AGOTAR PREVIAMENTE AL AMPARO, EL JUICIO DE ANULACION, ANTE EL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL.

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

NOTARIOS PUBLICOS. CASO EN QUE NO PROCEDE AGOTAR PREVIAMENTE AL AMPARO, EL JUICIO DE ANULACION, ANTE EL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL.

Si el artículo 21, fracción I, de la Ley del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal condiciona la procedencia del juicio a que se impugnen actos de las autoridades del Departamento del Distrito Federal que ordenen, ejecuten o traten de ejecutar en perjuicio de los particulares, dicho medio de defensa es improcedente para impugnar multas impuestas a los notarios por violaciones a la Ley del Notariado para el Distrito Federal, porque en ese caso no se está ante un acto administrativo dictado en agravio de una persona física por su conducta privada como un simple particular, sino por el comportamiento adoptado en el desempeño de la función encomendada por la ley mencionada, y que por disposición expresa de su artículo 1o., es de orden público.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 812148

Clave: 9

Fuente: Informes

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; Informes; Informe 1989, Parte III; Pág. 90

Precedentes

Amparo en revisión 1402/89. Roberto Núñez y Bandera. 10 de octubre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. Antonieta Azuela de Ramírez. Secretario: Marcos García José.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 9 del FISCALES?

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 9 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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