FISCALES

Artículo IUS 812248. ADUANAS. CLASIFICACION ARANCELARIA QUE DEBE CAER EN UNA FRACCION GENERICA DE LA TARIFA.

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

ADUANAS. CLASIFICACION ARANCELARIA QUE DEBE CAER EN UNA FRACCION GENERICA DE LA TARIFA.

Es verdad que si los productos importados son adipato y citrato de piperazina, no están comprendidos dentro de la fracción específica 017, que se refiere a piperazina y no a citrato de adipato de piperazina, sin que pueda aceptarse efectivamente que las palabras "adipato" y "citrato", sean prefijos, pues son nombres de derivados químicos que en el caso concreto lo son de la "piperazina". Por tanto, esos productos caen dentro de la fracción genética 999 (ya que la 017 se refiere exclusivamente a la "piperazina".

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Registro digital (IUS): 812248

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1968; Pág. 65

Precedentes

Revisión fiscal 58/67. Afenex, S.A. 11 de septiembre de 1968. Cinco votos. Ponente: Alberto Orozco Romero.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 812248 del FISCALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 812248 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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