Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
La constituye no solamente la parte resolutiva de la sentencia sino también los hechos alegados como causa de la acción intentada, pues según la doctrina sustentada por Laurent, Ricci y Planiol por causa, debe entenderse el hecho jurídico o material que constituye el fundamento del derecho reclamado o de la excepción opuesta; de donde resulta que al establecerse la decisión judicial se reconoce la certeza y eficacia de los hechos, fundamentos de la acción o de la excepción.
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Registro digital (IUS): 813503
Fuente: Informes
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1940; Pág. 23
Amparo directo 4159/36. Roberto Castro González. 11 de marzo de 1939. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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