FISCALES

Artículo IUS 814194. EXPRESION DE AGRAVIOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

EXPRESION DE AGRAVIOS.

Si en el juicio de amparo, el que se dice agraviado contra el fallo que pronunció la autoridad a quien señala como responsable, por causa que se ignora, en lugar de exponer los motivos en que se funda para sostener que el acto que reclama es anticonstitucional, hace argumentaciones que en lugar de combatir los fundamentos del acto reclamado, robustecen las razones que tuvo la autoridad responsable para dictarlo, en ese caso no hay expresión de agravios y por falta de éstos debe negarse al quejoso el amparo de la Justicia Federal, según tesis que ya tiene establecida esta Suprema Corte, marcadas con los números 65 y 66 en el Apéndice al Tomo XCVII del Semanario Judicial de la Federación.

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Registro digital (IUS): 814194

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1953; Pág. 45

Precedentes

Amparo directo 2020/48. Gómez de Téllez Girón Raquel. 13 de junio de 1953. La publicación no menciona el sentido de la votación. Ponente: José María Ortiz Tirado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814194 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814194 de la J. Fiscales SCJN?

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