FISCALES

Artículo IUS 814500. APRECIACION DE LAS PRUEBAS.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

APRECIACION DE LAS PRUEBAS.

La apreciación de las pruebas que hace el juzgador en uso de la facultad discrecional que expresamente le concede la ley, no constituye por si sola una violación de garantías, sino existe una infracción manifiesta en la aplicación de las leyes que regulan la prueba o en la fijación de los hechos, y no se ha violado ningún principio de la lógica.

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Registro digital (IUS): 814500

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1954; Pág. 25

Precedentes

14 de octubre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814500 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814500 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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