FISCALES

Artículo IUS 814889. COBRO HECHO POR LA TESORERIA DE LA FEDERACION.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

COBRO HECHO POR LA TESORERIA DE LA FEDERACION.

El amparo es improcedente si el quejoso no agota todos los recursos ordinarios que las leyes comunes señalan. Dentro de la anterior tesis, cabe el caso de un cobro que trate de hacer efectivo la Tesorería de la federación, cuando el mismo quejoso, para defenderse, no haya agotado todos los recursos que la ley le concede.

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Registro digital (IUS): 814889

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1930; Pág. 43

Precedentes

4132/29. Alfonso Pérez Gasga. La publicación no menciona la fecha de resolución, el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814889 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814889 de la J. Fiscales SCJN?

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