FISCALES

Artículo IUS 815445. COSTAS. NO PROCEDE CONDENAR EN ELLAS AL QUE OBTUVO SENTENCIA FAVORABLE EN PRIMERA INSTANCIA.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

COSTAS. NO PROCEDE CONDENAR EN ELLAS AL QUE OBTUVO SENTENCIA FAVORABLE EN PRIMERA INSTANCIA.

No procede condenar en costas al que obtuvo sentencia favorable en primera instancia y, contra su voluntad, fue arrastrado a la apelación, ya que no puede estimársele temerario, en el sentido de que por su culpa se haya prolongado la contienda y sea notoria su mala fe.

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Registro digital (IUS): 815445

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1952; Pág. 23

Precedentes

Amparo directo 6357/51/1a. Federico Baños Islas. 7 de agosto de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815445 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815445 de la J. Fiscales SCJN?

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