FISCALES

Artículo IUS 815618. PEQUEÑA PROPIEDAD.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

PEQUEÑA PROPIEDAD.

La resolución presidencial que declara improcedente la queja sobre el cumplimiento de otra de inafectabilidad, a virtud de que parte de las tierras quedaron comprendidas en distintas resoluciones dotatorias, que desconocieron el fraccionamiento, del que hace derivar sus derechos el particular, no es violatoria de garantías cuando, como ocurre en la especie, se dictó la inafectabilidad por error consistente en no haber tomado en cuenta esas diversas resoluciones dotatorias; y, por tanto, por la definitividad e intocabilidad de éstas, se hizo imposible el cumplir, en su totalidad la de inafectabilidad.

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Registro digital (IUS): 815618

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1946; Pág. 48

Precedentes

Amparo 1241/43. Carranza de Mondragón Melania. 5 de agosto de 1946. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815618 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815618 de la J. Fiscales SCJN?

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