FISCALES

Artículo IUS 815653. AMPARO EN LA MATERIA.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

AMPARO EN LA MATERIA.

Es procedente de acuerdo con el artículo 27 fracción XIV, si el quejoso no reclama la resolución presidencial que dotó de ejidos a un poblado, sino la ilegalidad de su ejecución. Por otra parte, el hecho de que la mencionada resolución sea inejecutable en sus términos, al atribuir al predio afectado una superficie que no tiene y aun mandar reservar al quejoso como pequeña propiedad un número de hectáreas mayor que el que realmente constituye el terreno de sus propiedad, no significa que no pueda haberse combatido mediante el juicio de amparo, la indebida ejecución por las autoridades agrarias, al pretenderse afectare todo o parte del predio del quejoso sin respetar la pequeña propiedad, en los términos en que lo ordenó el Ciudadano presidente de la República.

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Registro digital (IUS): 815653

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1949; Pág. 35

Precedentes

Amparo 7411/48. Reynoso Padilla José. 11 de abril de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. Ponente: Nicéforo Guerrero.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815653 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815653 de la J. Fiscales SCJN?

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