Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Si la caución para que surtiera efectos la suspensión provisional consistió en depósito y, una vez concedida la suspensión definitiva, el quejoso, sin otorgar la fianza correspondiente para que surta efectos esta suspensión, solicita la devolución del depósito que garantiza la provisional, no procede tal devolución si se opone la parte tercera perjudicada.
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Registro digital (IUS): 815712
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1945; Pág. 29
Queja 292/45. López Mario. 28 de julio de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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