Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
Es indebido e ilegal cualquier cobro que las autoridades exactoras hagan a empleados, indirectamente responsables de una infracción, cuando puede hacerse al directamente responsable de ella.
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Registro digital (IUS): 815937
Fuente: Informes
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1929; Pág. 121
Amparo 3936/28. Pérez Gallardo Roberto. 30 de agosto de 1929. Nota: Los datos del asunto en que se sostiene esta tesis así aparecen publicados en el Informe.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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