Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
Para otorgar un permiso de ruta, es preciso que se elabore un plan general que responda a las necesidades de la economía, que se haga del conocimiento público el programa correspondiente de trabajos, y que las autoridades ejecutivas, al conceder el permiso de ruta, se basen en un estudio previo y concreto hecho por la comisión técnica consultiva sobre el número de vehículos que deben prestar el servicio en la ruta, de suerte que no sea superior a la capacidad de ésta ni inferior a las exigencias de los intereses generales. Si no se cumplen todos esos requisitos, se viola el artículo 8o. de la Ley de Vías Generales de Comunicación.
---
Registro digital (IUS): 816834
Fuente: Informes
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1946; Pág. 211
Amparo 990/46. Sociedad Cooperativa Transportes de Monterrerrey-Cadereyta -Reynosa, S. C. L. 4 de mayo de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Anterior
Art. 2a./J. 13/2017 (10a.). BONO DE DESPENSA Y PREVISIÓN SOCIAL MÚLTIPLE. LOS PENSIONADOS CONFORME A LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO NO TIENEN DERECHO AL INCREMENTO DE ESAS PRESTACIONES OTORGADO MEDIANTE LOS OFICIOS CIRCULARES 307-A.-2942, DE 28 DE JUNIO DE 2011, 307-A.-3796, DE 1 DE AGOSTO DE 2012 Y 307-A.-2468, DE 24 DE JULIO DE 2013, EMITIDOS POR LA UNIDAD DE POLÍTICA Y CONTROL PRESUPUESTARIO DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO.
Siguiente
Art. 2a. XIV/2017 (10a.). POLICÍA FEDERAL. INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 39 DE LA LEY RELATIVA PARA EFECTO DE LA PROCEDENCIA DEL RECURSO DE REVISIÓN.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo