Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
Si de autos aparece que la parte que ofreció la prueba pericial desiste de ella en el momento de la audiencia, cuando los peritos de la parte contraria y del Juzgado han rendido ya sus dictámenes, debe estimarse que su desistimiento es jurídicamente irrelevante y no puede surtir el efecto de que deje de tomarse en cuenta esa prueba, puesto que una vez ofrecida y admitida, la misma debe llenar una función en el proceso, la de proporcionar al Juez los elementos técnicos necesarios para que emita un fallo fundado y no puede quedar al arbitrio de una de las partes.
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Registro digital (IUS): 816949
Fuente: Informes
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1945; Pág. 151
Amparo 5736/45. Pesquera Manuel. 30 de octubre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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