FISCALES

Artículo IUS 817329. JURISDICCION EN EL CASO DE DOS DOMICILIOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

JURISDICCION EN EL CASO DE DOS DOMICILIOS.

Si por las pruebas rendidas aparece que una persona tiene legalmente dos domicilios, es competente para conocer del juicio que se promueva contra ella, cualquiera de los dos jueces que tengan jurisdicción dentro de dichos domicilios.

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Registro digital (IUS): 817329

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1934; Pág. 46

Precedentes

Amparo en revisión 2379/33. De Landero José 7 de mayo de 1934. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817329 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817329 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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