FISCALES

Artículo IUS 817867. TERCERIA, PRUEBA EXTERMPORANEA EN EL JUICIO DE.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

TERCERIA, PRUEBA EXTERMPORANEA EN EL JUICIO DE.

La resolución judicial que desechó una prueba extemporánea, y que quedó firme por no haber sido impugnada según los medios comunes o extraordinarios que limitativamente establece el ordenamiento, tiene a su favor la presunción de competencia y legalidad, de suerte que no está sujeta en lo ulterior a la estimativa de otras autoridades, cualesquiera que sean su grado o jerarquía, ni pueden sus efectos ser autónomamente destruidos, sin forma ni estrépito de sustanciación.

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Registro digital (IUS): 817867

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1947; Pág. 67

Precedentes

Amparo directo 9209/44. Castillo Nájera Guillermo. 30 de abril de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817867 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817867 de la J. Fiscales SCJN?

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