FISCALES

Artículo IUS 818404. QUEJA, PROCEDENCIA DEL RECURSO DE, INTERPUESTO POR UN EXTRAÑO AL JUICIO DE AMPARO.

Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

QUEJA, PROCEDENCIA DEL RECURSO DE, INTERPUESTO POR UN EXTRAÑO AL JUICIO DE AMPARO.

Por ejecución de una sentencia de amparo, debe entenderse el cumplimiento fiel, por la autoridad responsable, de lo resuelto por la Suprema Corte en la ejecutoria que concedió la protección de la Justicia Federal y lo que el a quo provea, respecto de la nueva sentencia del ad quem, sólo es consecuencia de esta última, por lo que si está fuera de duda que el tribunal responsable no cumplió debidamente con la ejecutoria que concedió el amparo al quejoso si no que dictó una nueva sentencia, en la que excedió al comprender un pronunciamiento que legalmente no le era propio, la persona jurídica extraña que resulte agraviada, correctamente la impugna, por medio del recurso de queja, que es el que procede sobre el particular.

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Registro digital (IUS): 818404

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVI, Cuarta Parte; Pág. 166

Precedentes

Queja 247/58. Banco Refaccionario de Jalisco, S. A. 12 de agosto de 1959. Mayoría de tres votos. Disidente: Gabriel García Rojas. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 818404 del FISCALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 818404 de la J. Fiscales SCJN?

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