FISCALES

Artículo IUS 818734. IMPORTACION TEMPORAL. CARGA DE LA PRUEBA.

Jurisprudencia · Sexta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

IMPORTACION TEMPORAL. CARGA DE LA PRUEBA.

El artículo 330 del Código Aduanero establece que toda importación se convierte en definitiva cuando el objeto importado temporalmente no vuelve a su país de origen dentro del plazo que al efecto se concedió, ni dentro de las prórrogas otorgadas. Contra la presunción que crea el artículo 201, fracción IV, del Código Fiscal, el importador debe producir prueba plena, para acreditar que la mercancía retornó oportunamente. Con arreglo a los artículos 81 y 82 del Código Federal de Procedimientos Civiles, resulta indiscutible que pesa sobre dicho importador la necesidad de probar el hecho positivo del retorno oportuno de los objetos importados

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Registro digital (IUS): 818734

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [J]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXX, Tercera Parte; Pág. 130

Precedentes

Volumen IX, página 48. Amparo en revisión 5868/57. Compañía de Fianzas Lotonal, S. A. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.Volumen XII, página 49. Amparo en revisión 5981/57. Compañía de Fianzas Lotonal S. A. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.Volumen XVII, página 28. Amparo en revisión 4696/58. Compañía de Fianzas Lotonal, S. A. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.Volumen XXII, página 35. Amparo en revisión 7664/58. Compañía de Fianzas Lotonal, S. A. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.Volumen XXII, página 35. Amparo en revisión 1260/59. Compañía de Fianzas Lotonal, S. A. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 818734 del FISCALES?

Jurisprudencia · Sexta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 818734 de la J. Fiscales SCJN?

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