Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala
El acuerdo presidencial reclamado es violatorio de las garantías consagradas en el artículo 14 constitucional, si trata de privar al quejoso de sus propiedades, posesiones y derechos, sin que se haya seguido juicio en su contra ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho; así como de la garantía consagrada en el artículo 4o. constitucional, si las autoridades responsables, tratando de fundarse en dicho acuerdo, prohiben al quejoso la realización de una obra y de actividades lícitas, sin fundamento legal alguno.
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Registro digital (IUS): 818808
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen I, Tercera Parte; Pág. 16
Amparo en revisión 5415/56. Fraccionadora Nacional, S. A (acumulados). 11 de julio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Franco Carreño.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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