LABORALES

Artículo XVI.1o.A.T.19 L. SALARIOS VENCIDOS. DEJAN DE GENERARSE EN EL MOMENTO EN QUE EL PATRÓN CONSIGNA TANTO SU IMPORTE COMO EL DE LA INDEMNIZACIÓN CONSTITUCIONAL.

Tesis aislada · 9a. Época · T.C.C.

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Texto Legal

SALARIOS VENCIDOS. DEJAN DE GENERARSE EN EL MOMENTO EN QUE EL PATRÓN CONSIGNA TANTO SU IMPORTE COMO EL DE LA INDEMNIZACIÓN CONSTITUCIONAL.

Tesis

Registro digital: 161974

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Novena Época

Materia(s): Laboral

Tesis: XVI.1o.A.T.19 L

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
Tomo XXXIII, Mayo de 2011, página 1291

Tipo: Aislada

SALARIOS VENCIDOS. DEJAN DE GENERARSE EN EL MOMENTO EN QUE EL PATRÓN CONSIGNA TANTO SU IMPORTE COMO EL DE LA INDEMNIZACIÓN CONSTITUCIONAL.


De la fracción III del artículo 50 de la Ley Federal del Trabajo se colige que a consecuencia del despido injustificado el trabajador tiene derecho además a las indemnizaciones que refiere dicho precepto al importe de tres meses de salario y a los salarios vencidos desde la fecha de la terminación del vínculo laboral hasta que sean pagadas. En esa virtud, los salarios vencidos dejarán de causarse en el momento en que el patrón consigne la cantidad respectiva que comprenda esas dos prestaciones, ya que de esa forma se satisface la pretensión principal derivada del despido y se logra el resarcimiento al trabajador de los perjuicios económicos sufridos por la omisión de su pago inmediato; lo que incluso se corrobora por el carácter accesorio de los salarios vencidos como sanción por la omisión del pago de la indemnización constitucional.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO SEXTO CIRCUITO.


Amparo directo 481/2009. "BBVA Bancomer", S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA Bancomer. 27 de noviembre de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Ariel Alberto Rojas Caballero. Secretario: Arturo Amaro Cázarez.


Amparo directo 689/2009. José Ismael Amador Lozada. 12 de febrero de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Ariel Alberto Rojas Caballero. Secretario: Arturo Amaro Cázarez.

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Registro digital (IUS): 161974

Clave: XVI.1o.A.T.19 L

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: T.C.C.

Sala: PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO SEXTO CIRCUITO.

Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIII, Mayo de 2011; Pág. 1291

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo XVI.1o.A.T.19 L del LABORALES?

Tesis aislada · 9a. Época · T.C.C.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo XVI.1o.A.T.19 L de la J. Laborales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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