LABORALES

Artículo XVII.4o.4 A . INFONAVIT. AL REQUERIR AL PATRÓN POR EL PAGO DE AMORTIZACIONES RELATIVAS A UN CRÉDITO QUE ADEUDA EL TRABAJADOR, NO TIENE FRENTE A ESTE ÚLTIMO EL CARÁCTER DE AUTORIDAD.

Tesis aislada · 9a. Época · T.C.C.

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Texto Legal

INFONAVIT. AL REQUERIR AL PATRÓN POR EL PAGO DE AMORTIZACIONES RELATIVAS A UN CRÉDITO QUE ADEUDA EL TRABAJADOR, NO TIENE FRENTE A ESTE ÚLTIMO EL CARÁCTER DE AUTORIDAD.

Tesis

Registro digital: 185735

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Novena Época

Materia(s): Administrativa

Tesis: XVII.4o.4 A

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
Tomo XVI, Octubre de 2002, página 1388

Tipo: Aislada

INFONAVIT. AL REQUERIR AL PATRÓN POR EL PAGO DE AMORTIZACIONES RELATIVAS A UN CRÉDITO QUE ADEUDA EL TRABAJADOR, NO TIENE FRENTE A ESTE ÚLTIMO EL CARÁCTER DE AUTORIDAD.


Si bien los artículos 29 y 30 de la Ley del Infonavit le conceden a dicho instituto la facultad para determinar el importe de las aportaciones patronales y las bases para su liquidación en caso de incumplimiento por parte de los sujetos obligados y requerir su pago, incluso determinar recargos, y el quejoso trabajador celebró con la referida institución un contrato de otorgamiento de crédito para la adquisición de vivienda, crédito al cual con posterioridad renunció o lo canceló, y el instituto requiere de pago al patrón del quejoso respecto a diversas amortizaciones relacionadas con dicho crédito, frente al trabajador el mencionado instituto no tiene el carácter de autoridad y debe acudir ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, de acuerdo con lo establecido por el artículo 53 de la Ley del Infonavit, para hacer valer su inconformidad.


CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.


Amparo en revisión 61/2002. Felipe Macías Loera. 9 de mayo de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: María Teresa Zambrano Calero. Secretario: Jesús Manuel Erives García.

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Registro digital (IUS): 185735

Clave: XVII.4o.4 A

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: T.C.C.

Sala: CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Octubre de 2002; Pág. 1388

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo XVII.4o.4 A del LABORALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo XVII.4o.4 A de la J. Laborales SCJN?

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