Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
Cuando el patrón remueve al trabajador de un puesto de confianza y lo regresa al de base, sin aducir la causa de su actuación, debe considerarse injustificado ese movimiento, pues constituye un descenso unilateral que se traduce en infracción al principio de estabilidad en el empleo, que implica la modificación sustancial a la condición de trabajo que no se subsana si sólo opone su negativa a acatar el laudo, pues esta manifestación no entraña una causa justificada de su proceder.DÉCIMO TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 2005015
Clave: I.13o.T.69 L (10a.)
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXVI, Noviembre de 2013; Tomo 2; Pág. 1575
Amparo directo 596/2013. Angélica Leticia López León. 6 de septiembre de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Héctor Landa Razo. Secretaria: Ahideé Violeta Serrano Santillán.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. I.6o.T.66 L (10a.). TRABAJADORES DE ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS. SI COMO CONSECUENCIA DE LA DECLARACIÓN JUDICIAL DE QUE SU RELACIÓN ES DE CARÁCTER LABORAL DEMANDAN SU RECONOCIMIENTO EN UNA PLAZA DE BASE O POR TIEMPO INDEFINIDO, PREVIAMENTE A DETERMINAR LA CLASE DE NOMBRAMIENTO QUE SE LES DEBE OTORGAR, ES NECESARIO EXAMINAR LA NATURALEZA DE SUS FUNCIONES, LA SITUACIÓN REAL EN QUE SE ENCONTRABAN Y LA TEMPORALIDAD DE SU CONTRATACIÓN.
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Art. XVII.1o.C.T.33 L (10a.). TUTELA JUDICIAL EFECTIVA EN MATERIA LABORAL. SE CUMPLE CON ESTE PRINCIPIO CUANDO LA JUNTA RESUELVE LA CUESTIÓN EFECTIVAMENTE PLANTEADA, CON INDEPENDENCIA DE LA DENOMINACIÓN QUE SE LE DÉ A LA ACCIÓN.
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