LABORALES

Artículo VII.4o.P.T.4 L (10a.). CONTESTACIÓN A LA DEMANDA EN EL JUICIO LABORAL BUROCRÁTICO EN EL ESTADO DE VERACRUZ. DEBE FORMULARSE EN UN SOLO ACTO EN LA AUDIENCIA RELATIVA Y, AUN CUANDO SE OPONGAN EXCEPCIONES DE PREVIO Y ESPECIAL PRONUNCIAMIENTO, NO PUEDE SUSPENDERSE EN ATENCIÓN AL PRINCIPIO DE CONCENTRACIÓN.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

CONTESTACIÓN A LA DEMANDA EN EL JUICIO LABORAL BUROCRÁTICO EN EL ESTADO DE VERACRUZ. DEBE FORMULARSE EN UN SOLO ACTO EN LA AUDIENCIA RELATIVA Y, AUN CUANDO SE OPONGAN EXCEPCIONES DE PREVIO Y ESPECIAL PRONUNCIAMIENTO, NO PUEDE SUSPENDERSE EN ATENCIÓN AL PRINCIPIO DE CONCENTRACIÓN.

Conforme al principio de concentración que establece el artículo 186 de la Ley Estatal del Servicio Civil de Veracruz, el procedimiento laboral tiende a centralizar las cuestiones litigiosas para evitar dilaciones procesales y contribuir a la expeditez de las resoluciones. En este contexto, conforme al numeral 217, fracciones III y IV, de la mencionada ley, la contestación a la demanda debe producirse en un solo acto, sin que el Tribunal de Conciliación y Arbitraje permita que ésta se suspenda al oponerse alguna excepción de previo y especial pronunciamiento, para sustanciarla y resolverla, con el propósito de que, con posterioridad, continúe en el uso de la palabra el demandado y termine de oponer sus excepciones, ya que este proceder que tolera el fraccionamiento de la contestación a la demanda carece de fundamento legal, sin que puedan considerarse como apoyo los artículos 208 y 209 de dicha ley, que ordenan la tramitación incidental de tales excepciones, pues debe entenderse que estos preceptos se refieren a la forma de sustanciar esas defensas, pero una vez que el demandado ha agotado su contestación.CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y DE TRABAJO DEL SÉPTIMO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2007083

Clave: VII.4o.P.T.4 L (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 9, Agosto de 2014; Tomo III; Pág. 1709

Precedentes

Amparo directo 119/2014. Secretaría de Comunicaciones del Estado de Veracruz, actualmente Secretaría de Infraestructura y Obras Públicas del Estado de Veracruz. 10 de abril de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Sebastián Martínez García. Secretario: Juan Manuel Jiménez Jiménez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo VII.4o.P.T.4 L (10a.) del LABORALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo VII.4o.P.T.4 L (10a.) de la J. Laborales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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