Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
De conformidad con los artículos 154, 155, 156 y 159 de la Ley Federal del Trabajo y 6, 15, 17, 18, 19, 118, 119, 120 y 121 de las Condiciones Generales de Trabajo del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud de Veracruz, vigentes en 2010-2013, cuando sus trabajadores pretenden obtener un puesto de base, será necesario que formulen esa petición ante el sindicato y sea éste el que se lo requiera al patrón; por ende, cuando el trabajador no demuestra haber realizado este procedimiento, es improcedente el otorgamiento de la base que se reclame directamente al patrón en un juicio laboral, al regir la cláusula de exclusión por admisión.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SÉPTIMO CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 2018099
Clave: VII.2o.T.183 L (10a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 59, Octubre de 2018; Tomo III; Pág. 2525
Amparo directo 542/2017. 31 de mayo de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: Ismael Martínez Reyes, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado, en términos de los artículos 81, fracción XXII y 26, párrafo primero, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Secretario: José Vega Luna.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. PC.I.L. J/39 L (10a.). INDEMNIZACIÓN GLOBAL PREVISTA EN LOS ARTÍCULOS 65, FRACCIÓN III, DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL VIGENTE HASTA EL 30 DE JUNIO DE 1997, Y 58, FRACCIÓN III, DE LA LEY EN VIGOR. CUANDO EL TRABAJADOR LA RECIBE Y CON POSTERIORIDAD SE INCREMENTA EL GRADO DE INCAPACIDAD, EN UN PORCENTAJE QUE LE PERMITE ALCANZAR EL BENEFICIO DE UNA PENSIÓN MENSUAL, ÉSTA DEBE ABARCAR LA SUMA TOTAL DE LA DISMINUCIÓN ORGÁNICO FUNCIONAL REEVALUADA.
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Art. 2a. XCVI/2018 (10a.). INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO. EL ARTÍCULO 75, FRACCIÓN III, DE LA LEY RELATIVA, VIGENTE HASTA EL 31 DE MARZO DE 2007, ES INCONSTITUCIONAL.
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