LABORALES

Artículo III.3o.T.53 L (10a.). INCIDENTE DE INCUMPLIMIENTO A LA SUSPENSIÓN EN EL AMPARO DIRECTO CONTRA LA EJECUCIÓN DE UN LAUDO CONDENATORIO. PROCEDE CUANDO LO PROMUEVE EL TRABAJADOR POR LA OMISIÓN DE GARANTIZAR SU SUBSISTENCIA.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

INCIDENTE DE INCUMPLIMIENTO A LA SUSPENSIÓN EN EL AMPARO DIRECTO CONTRA LA EJECUCIÓN DE UN LAUDO CONDENATORIO. PROCEDE CUANDO LO PROMUEVE EL TRABAJADOR POR LA OMISIÓN DE GARANTIZAR SU SUBSISTENCIA.

Conforme a la Ley de Amparo, cuando se reclama un laudo condenatorio, la figura de la suspensión del acto tiene dos líneas de ejecución; por una parte, garantizar la subsistencia del trabajador y de su familia durante la tramitación del amparo, mediante la entrega del salario correspondiente al tiempo que probablemente dilate su resolución y, por otra, paralizar la ejecución del resto de la condena impuesta en la resolución impugnada, habida cuenta que, conforme al precepto 190 de dicha ley, la medida debe concederse siempre que no exista riesgo de que el trabajador no pueda subsistir, de modo que, en caso de que ese peligro concurra, solamente es posible suspender la mencionada ejecución, en cuanto exceda de lo necesario para asegurar la subsistencia aludida. En atención a dicha dualidad, el incumplimiento de la medida cautelar puede provenir tanto de la parte en que se paraliza la ejecución del fallo, como de la que tiende a asegurar la subsistencia del trabajador, provocando que dependiendo de qué aspecto fue inobservado, sea la quejosa o el tercero interesado, el legitimado para inconformarse y promover la incidencia; en consecuencia, en los casos en que la subsistencia no se ha asegurado, la trabajadora puede denunciarlo y procederá entonces el incidente previsto en el artículo 206 de la ley de la materia.TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2020843

Clave: III.3o.T.53 L (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 71, Octubre de 2019; Tomo IV; Pág. 3510

Precedentes

Varios 4/2018. Luciana Catalina Reyna Díaz. 6 de septiembre de 2018. Mayoría de votos. Disidente y Ponente: Alejandro López Bravo. Secretario: Dante Omar Rodríguez Meza.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

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