LABORALES

Artículo 1a. XCI/2019 (10a.). RENTA. EL ARTÍCULO 27, FRACCIÓN V, PÁRRAFO TERCERO, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, NO VULNERA EL PRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA.

Tesis aislada · 10a. Época · S.C.J.N.

ley-federal-trabajotesis_aislada10a.-Época

Texto Legal

RENTA. EL ARTÍCULO 27, FRACCIÓN V, PÁRRAFO TERCERO, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, NO VULNERA EL PRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA.

Tesis

Registro digital: 2020865

Instancia: Primera Sala

Décima Época

Materia(s): Constitucional, Administrativa

Tesis: 1a. XCI/2019 (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación.
Libro 71, Octubre de 2019, Tomo II, página 1160

Tipo: Aislada

RENTA. EL ARTÍCULO 27, FRACCIÓN V, PÁRRAFO TERCERO, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, NO VULNERA EL PRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA.


El principio de equidad tributaria, previsto en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Federal, implica que los contribuyentes de un mismo impuesto deben guardar una situación de igualdad frente a la norma jurídica que lo establece y regula. Ahora bien, el artículo 27, fracción V, párrafo tercero, de la Ley del Impuesto sobre la Renta al condicionar la deducción de un servicio subcontratado a que el contratante obtenga del contratista diversos documentos relacionados con los trabajadores respectivos y con el pago de las cuotas obrero patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social, no vulnera el principio constitucional aludido, pues si bien a quienes tributan bajo el mismo régimen general, pero contratan servicios a través de otras figuras (por ejemplo: comisión mercantil, la permuta o el contrato de prestación de servicios) no se les requiere la documentación mencionada, lo cierto es que las deducciones que se plantean por el empleo de servicios de subcontratación laboral no comparten la misma naturaleza que aquellos servicios derivados de otras formas de contratación, máxime cuando estos últimos atienden a disposiciones en materias laboral y tributaria diferentes a las del régimen denominado como "outsourcing" o de subcontratación laboral, aunado a que la diferencia de trato en cuestión tuvo como finalidad evitar prácticas de evasión fiscal y fortalecer el control de las obligaciones de los contribuyentes que emplean trabajadores subcontratados.


Amparo en revisión 361/2019. Inmuebles Valle de Tesistán, S.A. de C.V. 14 de agosto de 2019. Cinco votos de los Ministros Norma Lucía Piña Hernández, Luis María Aguilar Morales, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Juan Luis González Alcántara Carrancá. Ponente: Juan Luis González Alcántara Carrancá. Secretario: Víctor Manuel Rocha Mercado.

Esta tesis se publicó el viernes 18 de octubre de 2019 a las 10:28 horas en el Semanario Judicial de la Federación.

---

Registro digital (IUS): 2020865

Clave: 1a. XCI/2019 (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: S.C.J.N.

Sala: Primera Sala

Localización: [TA]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 71, Octubre de 2019; Tomo II; Pág. 1160

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1a. XCI/2019 (10a.) del LABORALES?

Tesis aislada · 10a. Época · S.C.J.N.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1a. XCI/2019 (10a.) de la J. Laborales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 1a. XCI/2019 (10a.) del LABORALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 1a. XCI/2019 (10a.) LABORALES desde tu celular