LABORALES

Artículo VII.2o.T.257 L (10a.). VACACIONES GENERADAS Y NO DISFRUTADAS DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO DE VERACRUZ. TIENEN DERECHO A DEMANDAR SU PAGO SI CONTINÚA LA RELACIÓN LABORAL POR HABER PROCEDIDO SU REINSTALACIÓN, AL EXISTIR IMPOSIBILIDAD JURÍDICA PARA GOZAR DE ELLAS.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

scjn-jurisprudencias-laboralestesis_aisladadécima-Épocalaboral

Texto Legal

VACACIONES GENERADAS Y NO DISFRUTADAS DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO DE VERACRUZ. TIENEN DERECHO A DEMANDAR SU PAGO SI CONTINÚA LA RELACIÓN LABORAL POR HABER PROCEDIDO SU REINSTALACIÓN, AL EXISTIR IMPOSIBILIDAD JURÍDICA PARA GOZAR DE ELLAS.

Los trabajadores al servicio del Estado tienen derecho a demandar el pago correspondiente a los periodos vacacionales devengados que no hubiesen disfrutado, con independencia de que sean reincorporados en su cargo, por haber resultado procedente en el juicio la acción de reinstalación, pues no podrán gozar de ellos por existir imposibilidad jurídica para su disfrute, ya que conforme al artículo 53, en relación con el diverso 55, último párrafo, ambos de la Ley Número 364 Estatal del Servicio Civil de Veracruz, su goce está limitado sólo a los periodos establecidos en el calendario oficial, o bien, dentro de los tres meses inmediatos siguientes a la fecha en que ordinariamente debieron disfrutarse, con el objeto de no afectar el servicio público que tienen encomendado. En consecuencia, el trabajador tendrá derecho a exigir su pago, a pesar de que continúe la relación laboral, pues jurídicamente ya no es posible que goce de las mismas con motivo de la referida restricción legal, salvo las que se encuentren prescritas, si el demandado opuso la excepción relativa.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SÉPTIMO CIRCUITO.

---

Registro digital (IUS): 2022018

Clave: VII.2o.T.257 L (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 77, Agosto de 2020; Tomo VI; Pág. 6265

Precedentes

Amparo directo 968/2018. 3 de octubre de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Carlos Moreno Correa. Secretaria: Silvia Valeska Soberanes Sánchez.Amparo directo 1023/2018. 3 de octubre de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Toss Capistrán. Secretario: Víctor Hugo Millán Escalera.Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia VII.2o.T. J/2 L (11a.), publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 20 de mayo de 2022 a las 10:25 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 13, Tomo IV, mayo de 2022, página 4444, de rubro: "VACACIONES GENERADAS Y NO DISFRUTADAS DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO DE VERACRUZ. TIENEN DERECHO A DEMANDAR SU PAGO SI CONTINÚA LA RELACIÓN LABORAL POR HABER PROCEDIDO SU REINSTALACIÓN, AL EXISTIR IMPOSIBILIDAD JURÍDICA PARA GOZAR DE ELLAS.”

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo VII.2o.T.257 L (10a.) del LABORALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo VII.2o.T.257 L (10a.) de la J. Laborales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. VII.2o.T.257 L (10a.) del LABORALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. VII.2o.T.257 L (10a.) LABORALES desde tu celular