LABORALES

Artículo I.6o.T.1 L (11a.). TIEMPO EXTRA ADICIONAL DEL PERSONAL DE CONFIANZA DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS. EL ARTÍCULO 28 DE SU REGLAMENTO DE TRABAJO NO IMPONE AL PATRÓN LA OBLIGACIÓN DE CUBRIR DICHA PRESTACIÓN AL 30 %.

Tesis aislada · 11a. Época · T.C.C.

ley-federal-trabajotesis_aislada11a.-Época

Texto Legal

TIEMPO EXTRA ADICIONAL DEL PERSONAL DE CONFIANZA DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS. EL ARTÍCULO 28 DE SU REGLAMENTO DE TRABAJO NO IMPONE AL PATRÓN LA OBLIGACIÓN DE CUBRIR DICHA PRESTACIÓN AL 30 %.

Tesis

Registro digital: 2028570

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Undécima Época

Materia(s): Laboral

Tesis: I.6o.T.1 L (11a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación.
Libro 36, Abril de 2024, Tomo V, página 4653

Tipo: Aislada

TIEMPO EXTRA ADICIONAL DEL PERSONAL DE CONFIANZA DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS. EL ARTÍCULO 28 DE SU REGLAMENTO DE TRABAJO NO IMPONE AL PATRÓN LA OBLIGACIÓN DE CUBRIR DICHA PRESTACIÓN AL 30 %.


Hechos: Un trabajador de Petróleos Mexicanos y Pemex Refinación, hoy Pemex Transformación Industrial, demandó el pago del tiempo extra adicional a razón del 30 %, de conformidad con el artículo 28 del Reglamento de Trabajo del Personal de Confianza de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, vigente a partir del 1o. de agosto del 2000, ya que le fue disminuido al 15 %. La Junta declaró improcedente la acción porque conforme a dicho precepto y a los Lineamientos Generales expedidos por la Dirección General con vigencia a partir del 1o. de mayo de 1995, la parte patronal no estaba obligada a otorgarlo en ese porcentaje.


Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el citado artículo 28 no impone al patrón la obligación de cubrir el tiempo extra adicional al 30 %.


Justificación: Los artículos 28 y 30 del mencionado reglamento establecen, respectivamente: "Al personal de confianza de jornada diurna que deba laborar tiempo extraordinario no susceptible de medición y control, o se encuentre a disposición del patrón incluyendo sus descansos, festivos y obligatorios, se le podrá autorizar por este concepto hasta el otro 30 % –treinta por ciento– de tiempo extra adicional (TEA)" y "La asignación del tiempo extra ocasional (TEO) y tiempo extra adicional (TEA) al personal de confianza, está sujeta a los Lineamientos Generales expedidos por la Dirección General con vigencia a partir del 1o. de mayo de 1995.". Por su parte, de los artículos séptimo y noveno de esos lineamientos se advierte que la patronal tiene la facultad de otorgar el tiempo extra adicional en porcentajes de múltiplos de 5, siendo el mínimo el 15 % y el máximo el 30 %, y que se podrá suprimir por cambio de las condiciones de trabajo o cuando ya no se requiera que el personal labore horas extras en exceso de la jornada. De lo que se concluye que el aludido artículo 28 no impone una obligación al patrón de cubrir el tiempo extra adicional de manera directa con un 30 %, porque es una facultad y ese porcentaje constituye un tope, no una condición.


SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.


Amparo directo 755/2023. 9 de febrero de 2024. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro Rivera. Secretaria: Claudia Gabriela Soto Calleja.

Esta tesis se publicó el viernes 05 de abril de 2024 a las 10:09 horas en el Semanario Judicial de la Federación.

---

Registro digital (IUS): 2028570

Clave: I.6o.T.1 L (11a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: T.C.C.

Sala: SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Localización: [TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 36, Abril de 2024; Tomo V; Pág. 4653

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.6o.T.1 L (11a.) del LABORALES?

Tesis aislada · 11a. Época · T.C.C.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.6o.T.1 L (11a.) de la J. Laborales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. I.6o.T.1 L (11a.) del LABORALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. I.6o.T.1 L (11a.) LABORALES desde tu celular