LABORALES

Artículo VII.2o.C.56 C (11a.). PENSIÓN ALIMENTICIA. EL RUBRO DE HABITACIÓN NO SE CUBRE EN SU TOTALIDAD CON EL PAGO DE UNA VIVIENDA, SI NO SE PRUEBA QUE LOS SERVICIOS CORRESPONDIENTES TAMBIÉN ESTÁN CUBIERTOS.

Tesis aislada · 11a. Época · T.C.C.

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Texto Legal

PENSIÓN ALIMENTICIA. EL RUBRO DE HABITACIÓN NO SE CUBRE EN SU TOTALIDAD CON EL PAGO DE UNA VIVIENDA, SI NO SE PRUEBA QUE LOS SERVICIOS CORRESPONDIENTES TAMBIÉN ESTÁN CUBIERTOS.

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Registro digital (IUS): 2029127

Clave: VII.2o.C.56 C (11a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: T.C.C.

Localización: [TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 39, Julio de 2024; Tomo I, Volumen 2; Pág. 1886

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo VII.2o.C.56 C (11a.) del LABORALES?

Tesis aislada · 11a. Época · T.C.C.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo VII.2o.C.56 C (11a.) de la J. Laborales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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